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AVISO CONFORME A O.C.G.A. 34-9-80

Blog de compensación para trabajadores de Georgia, enero de 2016
Nathan E. Woody, CORALES & WOODY, LLC

AVISO CONFORME A O.C.G.A. 34-9-80

El mes pasado cubrimos una regla general básica para los empleados en Georgia con respecto a la notificación inmediata de lesiones laborales. Ahora queremos explorar el concepto relacionado de “aviso”. Aviso es un término legal y requiere alguna explicación. Afortunadamente, dado que el requisito de notificación en Georgia tiene su propia sección de código, tenemos un lugar fácil para comenzar.
O.C.G.A. 34-9-80 dice en lo pertinente:

“Todo empleado lesionado o su representante deberá, inmediatamente después de ocurrir cualquier accidente o tan pronto como sea posible, dar o hacer que se le dé al empleador, su agente, representante o capataz, o al superior inmediato del empleado lesionado una notificación del accidente… No se pagará compensación a menos que dicha notificación, ya sea oral o escrita, se dé dentro de los 30 días posteriores a la ocurrencia de un accidente o dentro de los 30 días posteriores a la muerte como resultado de un accidente…”

NUEVA IDEA BÁSICA: TIENES 30 DÍAS

Su empleador no tiene que proporcionar ningún beneficio médico o de discapacidad hasta que reciba la notificación de su accidente de trabajo. Además, y quizás lo que más preocupa, existe un límite de 30 días para dar aviso, y es el Empleado quien tiene la responsabilidad de asegurarse de que se dé el aviso. En consecuencia, si no se proporciona notificación dentro de los 30 días, todo el reclamo podría prescribirse.

Afortunadamente, los reclamos de compensación laboral en Georgia no fallan con frecuencia por falta de notificación. Esto se debe a que existen excepciones a la regla general de los 30 días. Estas son dos de las principales excepciones:

LA MAYOR EXCEPCIÓN: SU EMPLEADOR YA SABÍA DEL ACCIDENTE

Esta excepción es buena porque tiene sentido común. Si, por ejemplo, su empleador lo vio caerse de un andamio, perder el conocimiento y luego vio cómo lo llevaban al hospital en ambulancia, el requisito de aviso de 30 días no se aplica. En otras palabras, su reclamo no será invalidado porque usted no reportó personalmente el accidente dentro de los 30 días, porque el Patrón ya tenía aviso.

IMPEDIDO POR LA CAPACIDAD FÍSICA O MENTAL

Esta es otra excepción directa. Cambiando el escenario anterior, si después de caerse de un andamio, su Empleador no lo vio caer, o se enteró de otra manera, pero posteriormente estuvo en el hospital, en coma, por más de 30 días, no es penalizado por no informar. Si una incapacidad física o mental le impide cumplir con el requisito de aviso de 30 días, la regla se relaja.

EL PARA LLEVAR

Informe su accidente de inmediato si puede, y asegúrese de que su empleador reciba un aviso dentro de los 30 días. Por supuesto, si tiene más preguntas sobre su reclamo de compensación laboral, llame a Corales & Woody.

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